Venta con
alquiler garantizado
¿En qué consiste?
Se trata de vender la plena propiedad de la vivienda, formalizando en el mismo momento de la venta ante notario un contrato de alquiler, de manera que el vendedor se convierte en inquilino. Este tipo de venta puede verse como una alternativa a la renta vitalicia, ya que el alquiler puede ser pactado para el resto de la vida del inquilino, brindando una estabilidad similar a la que ofrecen otros productos financieros vitalicios.
A cambio del alquiler, o bien se pacta un precio mensual que pagará el inquilino, o bien del pago de la compraventa se descuenta el futuro alquiler, quedando de esta manera, el inquilino sin ningún tipo de obligación de pagos futuros.
Venta con alquiler Vitalicio o Temporal
Ventajas
El precio obtenido por la venta de Plena Propiedad es superior que en el caso de vender únicamente la Nuda Propiedad.
Se percibe el dinero en el momento de la venta, sin pagos diferidos a futuro.
El inquilino (usufructuario) no tendrá ningún gasto por la vivienda a excepción de los suministros.
Gastos de la vivienda
Con la opción de Venta con Alquiler Garantizado, los gastos de comunidad, derramas e IBI pasan a corresponder al nuevo propietario, el inquilino (usufructuario) únicamente se hace cargo de los suministros (agua, luz, gas). Los gastos de plusvalía municipal (IIVTNU) en cambio, como en cualquier venta inmobiliaria, corresponden al vendedor.
Tributación
En el caso de personas mayores de 65 años, la ganancia patrimonial derivada de la venta de la vivienda habitual está exenta de tributación.