Para los que no conozcáis el término de nuda propiedad y usufructo, empezaremos con una breve descripción para profundizar en sus opciones para vender la nuda propiedad.
Cuando hablamos de nuda propiedad, nos referimos a disponer de la propiedad de un bien, por lo tanto, la persona titular de ese bien es el nudo propietario. Sin embargo, ser el nudo propietario no te permite disfrutar del bien, es decir, no podrás hacer uso de esa vivienda.
Por el contrario, si a la nuda propiedad le añadimos el usufructo, se trataría de una plena propiedad y por tanto el propietario podrá disponer y disfrutar por completo de su vivienda. Es común que el propietario de una vivienda venda la nuda propiedad, y se reserve el usufructo. Sin embargo, los propietarios que venden la nuda propiedad manteniendo el usufructo suelen ser personas mayores con necesidad de recursos económicos. De esta manera, se aseguran el uso de la vivienda de forma vitalicia (de por vida) y reciben una ayuda económica hasta el día de su fallecimiento.
Opciones para vender la Nuda Propiedad
En el caso de vender la Nuda Propiedad manteniendo el usufructo, dispondrás de diferentes opciones de compensación.
Renta Vitalicia o Temporal
En primer lugar, puedes optar a la renta vitalicia (contrato establecido en el Código Civil español, en los artículos de 1.802 a 1808). Es decir, dispondrás de una renta mensual durante toda la vida hasta el día de su fallecimiento. Por otro lado, cabe la posibilidad de negociar una renta temporal, en la que recibirás una cantidad de dinero durante un determinado periodo de tiempo. Asimismo, podrá disfrutar de su vivienda habitual y una compensación económica mensual.
Pago único
En segundo lugar, podrás vender la nuda propiedad a cambio de un pago único. En este proceso se valora la vivienda del nudo propietario en base al precio de mercado actual. También se valoran diferentes características del inmueble como la ubicación, el estado de la vivienda, el interés de compra, etc. Cuando se ha realizado el proceso de valoración, y se realiza la escritura pública de compraventa ante notario recibirá la cantidad de dinero que le corresponde en un solo pago. Posteriormente, se convertirá en el usufructuario de su vivienda hasta el día de su fallecimiento.
Cabe destacar que, actualmente, la obtención de la renta vitalicia inmobiliaria dispone de un óptimo trato fiscal. El 92% de las rentas percibidas por parte de personas mayores de 70 años están exentas de tributación.
Desde Mayor Solución le acompañamos durante el proceso. Sabemos que cada caso es diferente, por lo que nos centramos en personalizar el trato con cada uno de ustedes. Ayudamos a personas mayores a vivir la vida que se merecen. ¿Están interesados? Contáctenos al 682 73 73 57.